En que va la licitación de las rutas de transporte de Manizales

Cuando hablamos de transporte público colectivo hablamos de los buses, busetas y colectivos que facilitan el desplazamiento de los ciudadanos de Manizales. Hay un fallo que obliga a la secretará de movilidad a licitar las rutas de ese transporte, un informe de la anterior administración le informa  expresamente a los nuevos funcionarios que la licitación debía estar lista para abril de 2025  y a 2 semanas del comienzo del mes de abril Secretaría de Movilidad no da respuestas claras frente al tema.

La CCC insta a la administración del Dr. Jorge Eduardo Rojas a pronunciarse de manera clara y concreta sobre las acciones que está tomando frente a las rutas de transporte público de la ciudad y el cumplimiento del fallo de segunda instancia que le exige licitarlas.

 

El fallo que obliga a licitar las rutas:

En 2016, Socobuses S.A. alegó que los municipios de Manizales y Villamaría llevaban desde 2001 sin realizar los procesos de licitación que exige la ley para otorgar rutas de transporte público colectivo. Argumentaban que lo que estaban haciendo era otorgar permisos provisionales y transitorios, que se supone deben ser usados únicamente para emergencias o situaciones excepcionales, pero que esos permisos se habían vuelto la regla y no la excepción. Por eso presentaron una acción popular.

Por su parte, las otras empresas transportadoras defendieron su posición diciendo que todo estaba dentro de la ley. Alegaban que los permisos provisionales eran legales y necesarios para no interrumpir el servicio, y que los municipios tenían la facultad de reestructurar el sistema de rutas sin necesidad de licitación pública. Los municipios, a su vez, argumentaban que estaban trabajando en la implementación del Sistema Estratégico de Transporte Público (SETP) y que, mientras tanto, los permisos provisionales eran la única alternativa para garantizar la continuidad del servicio.

La controversia se resolvió en primera instancia el 30 de junio de 2020, mediante sentencia proferida por el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Manizales. Ese fallo declaró que los municipios de Manizales y Villamaría habían incurrido en la amenaza de violación de derechos colectivos, como la moralidad administrativa y la libre competencia, y les ordenó, entre otras medidas, congelar la capacidad transportadora y realizar procesos de licitación pública para la adjudicación de las rutas del transporte público colectivo.

Los municipios y las empresas apelaron la decisión, argumentando que el juez de primera instancia se había extralimitado en sus competencias. Sostenían que, en la práctica, el juez estaba dejando sin efecto actos administrativos de carácter particular y concreto, los cuales solo podían ser anulados mediante un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. También alegaban que el juez había confundido conceptos técnicos sobre el transporte público y que acatar el fallo podría implicar dejar sin servicio de transporte a muchos ciudadanos.

Finalmente, en segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Caldas, mediante fallo del 10 de febrero de 2023, confirmó en lo sustancial la sentencia apelada. Ordenó a los municipios de Manizales y Villamaría licitar las rutas del servicio de transporte público colectivo.

El informe de empalme de la Secretaría de Movilidad:

En el  “Documento empalme administración municipio de Manizales – secretaría de movilidad 2023 – 2024 Sistema Integrado de Transporte Publico de Manizales y ajuste a red actual de rutas de transporte colectivo”  la saliente administración (Gobierno Carlos Mario Marín 2020-2023) se informaba a la nueva administración, qué  “en el mes de abril de 2025 vencen los permisos de operación de un alto número de rutas de la red de transporte público colectivo, permisos otorgados mediante actos administrativos del año 2015, situación está que hace igualmente inviable una nueva prórroga de dichos permisos, pues tuvieron una vigencia inicial de 5 años y una prórroga por igual período de tiempo, cumpliéndose así con el máximo plazo permitido en los términos del numeral 2.2.1.1.5.3 del decreto 1079 de 2015.”

El mismo documento agrega: «para de octubre de 2024 debe tenerse técnica, operativa  y legalmente todo dispuesto para sustituir los permisos de operación vigentes, por contratos de operación del SITP o en su defecto, todo listo para abrir los procesos licitatorios para la adjudicación de las rutas de transporte colectivo de la ciudad a más tardar en abril de 2025.”

Lo que dice el  ARTÍCULO 2.2.1.1.5.3. “Autorización de nuevos servicios. A partir del 5 de febrero de 2001 las rutas y frecuencias a servir se adjudicarán por un término no mayor de cinco (5) años. En los términos de referencia del concurso se establecerán objetivos de calidad y excelencia en el servicio, que en caso de ser cumplidos por la empresa le permitan prorrogar de manera automática y por una sola vez el permiso hasta por el término inicialmente adjudicado”.

Por todo lo anterior presentamos un derecho de petición a la Secretaría de Movilidad del Municipio de Manizales para informarnos de la situación actual. En aras de mantener la objetividad presentamos las respuestas a las principales preguntas sobre este tema. También al final de este comunicado se adjuntas los PDF de la sentencia, el derecho de petición y el informe de empalme al que nos hemos referido.

Esto dice el derecho de petición que enviamos a la Secretaría de Movilidad:

Pregunta CCC: ¿Cuántas rutas de transporte público colectivo, de las que actualmente operan en el municipio de Manizales, debe ser licitadas de acuerdo con el fallo de segunda instancia proferido por el tribunal administrativo de Caldas?

Respuesta Secretaría de movilidad: en el momento, se efectúa el estudio jurídico y técnico que arrojará el dato puntual de cuáles rutas de las reestructuradas y de aquellas que fueron objeto de permisos provisionales, deben ser licitadas, atendiendo diferentes fallos judiciales que han definido necesidades de movilización y otras eventualidades.

Pregunta CCC: ¿Qué acciones ha realizado la Secretaría de movilidad del municipio de Manizales en respuesta al fallo judicial mencionado en la pregunta anterior? Y ¿Qué acciones tiene programadas la Secretaría de movilidad del municipio de Manizales para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del fallo judicial mencionado anteriormente (pregunta 5)?

Respuesta Secretaría de movilidad: La Secretaría de movilidad, en vigencia de la administración anterior, envió en el mes de diciembre al juzgado de la causa comunicación sobre el cumplimiento del fallo y se han adelantado ya diversas mesas técnicas lingüísticas con el objeto de continuar adelantando los trámites internos tendientes a la estructuración de los procesos licitatorios, con base en el contenido de la normatividad especial plasmada en el decreto compilatorio 1079 de 2015.

Pregunta CCC: ¿Qué sucedió con los pre pliegos de la licitación que la Secretaría de movilidad envió al área jurídica a la alcaldía para su estudio en el último trimestre de 2023?

Respuesta Secretaría de movilidad: Este insumo y las condiciones en materia de transporte en el municipio, han sido herramientas claras de estudio para determinar las condiciones técnicas y las características de los procesos licitatorios, los cuales se vienen adelantando en su fase de trámites internos, es importante indicar, que la decisión judicial debe analizarse frente a las consecuencias de la misma y de las implicaciones, tanto en la demanda del servicio como en la operación de las empresas de transporte, situación que comporta la responsabilidad de la garantía de la prestación eficiente y ágil del transporte, como 1 de los principios de ese servicio público que es esencial, conforme se determina en las leyes 105 de 1993 y 336 de 1996.

Pregunta CCC: “¿ Se han elaborado nuevos pliegos o pliegos para la licitación de las rutas de transporte público colectivo que operan actualmente en el municipio de Manizales, considerando el próximo vencimiento de los permisos de operación vigentes?

Respuesta Secretaría de movilidad: … no entendemos lo que indica sobre el vencimiento de los permisos de operación vigente.

Preguntas 11, 12 y 13 de la CCC: “Considerando que los permisos de operación de las rutas de transporte público colectivo que actualmente funcionan en la ciudad vencen en abril del presente año:

  • ¿Qué acciones están tomando para mantener el servicio público colectivo en funcionamiento después de esa fecha?
  • ¿Qué acciones están tomando para mantener el servicio público colectivo operando en condiciones de legalidad jurídica hola una vez pasada esta fecha?
  • ¿Qué acciones se están tomando para que las rutas que operen a partir de esa fecha cumplan con los 3 parámetros de niveles de servicio frecuencia horarios y recorrido?

Respuesta Secretaría de movilidad:  Le solicitamos que aclare las preguntas, pues ningún acto administrativo vigente, que permite la operación de alguna ruta en la ciudad, tiene como término de extinción el mes de abril de este año.

 

SENTENCIA ACCION POPULAR SOCOBUSES RAD 2016-00072

 

Documento Empalme SITP (1)

 

S-CO-SM-2025-6924 GED E CO 2025- 4997 CCC

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.